AYUDA DE MODERNIZACIÓN DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LA ACTIVIDAD COMERCIAL (MEC) 2026.

04.06.2026
Dirigida a personas trabajadoras autónomas y empresas que desarrollen su actividad en establecimientos físicos a pie de calle, abiertos al público y ubicados en la Comunidad Autónoma del País Vasco:

👉 PODRÁN BENEFICIARSE:

  • Autónomos/as, sociedades civiles y comunidades de bienes.
  • Microempresas (menos de 10 personas trabajadoras y ≤ 2 millones €)
  • Pequeñas empresas (menos de 50 personas trabajadoras y ≤ 10 millones €

👉 REQUISITOS GENERALES:

  • Estar al corriente de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
  • No estar inhabilitado para recibir ayudas públicas

👉 IAES ADMITIDOS:

Podrán acceder los establecimientos cuya actividad principal esté encuadrada en alguno de los siguientes epígrafes del IAE:

Comercio minorista

  • 641; 642; 643; 644; 645; 646.1; 646.2; 646.3; 646.4; 646.6; 646.7; 646.8; 647.1; 647.2; 647.3; 651; 652.1; 652.2; 652.3; 652.4; 653; 654.2; 654.5; 654.6; 656; 657; 659; 662; 691.1; 691.9.

Otros servicios relacionados con la actividad comercial

  • 971; 972; 973.1; 973.3; 975.

👉 INVERSIONES SUBVECIONABLES :

Línea 1. Renovación de la infraestructura y equipamiento del establecimiento

  • Obras de reforma, adecuación, ampliación o mejora del local.
  • Actuaciones de eficiencia energética (puertas automáticas, instalaciones eléctricas, aislamientos, etc.).
  • Eliminación de barreras arquitectónicas.
  • Rótulos y toldos.
  • Mobiliario y maquinaria vinculada a la actividad.
  • Sistemas de seguridad.
  • Equipos de climatización eficientes.
  • Gastos técnicos necesarios para la realización de las obras (proyecto, dirección de obra, etc.).

Línea 2. Incorporación de nuevas tecnologías e innovación

  • Equipos informáticos (máximo un equipo y una unidad de cada periférico por establecimiento) y software de gestión.
  • Desarrollo de página web y venta online.
  • TPV y sistemas de codificación.
  • Balanzas electrónicas
  • Cajas registradoras.

Los activos de segunda mano podrán ser subvencionables siempre que cumplan el resto de requisitos de la convocatoria.

✅ No serán subvencionables la implantación del software TicketBAI, ni los gastos de mantenimiento, actualización o licencias de uso de software.

👉 PERIODO SUBVENCIONABLE

  • Las inversiones deberán realizarse entre el 1 de octubre de 2025 y el 15 de septiembre de 2026, ambos inclusive.
  • No se admiten solicitudes con presupuestos; la inversión debe estar realizada y facturada en el momento de presentar la solicitud. El justificante de pago podrá aportarse posteriormente dentro del plazo establecido.

👉 CUANTÍA

  • 40 % de subvención sobre la inversión subvencionable (sin IVA)
    Posibilidad de incrementos adicionales según los criterios de la convocatoria, hasta un máximo del 52 %, entre ellos +3 puntos por pertenecer a una agrupación de comercio y mantener la adhesión durante 2 años.
  • Importe máximo: 10.000 € por establecimiento
  • Inversión mínima exigida (sin IVA):
    3.000 € (Línea 1: Renovación de la infraestructura y equipamiento del establecimiento)
    1.000 € (Línea 2: Incorporación de nuevas tecnologías e innovación)

👉 ADJUDICACIÓN

Las subvenciones se conceden por orden de presentación de las solicitudes, una vez el expediente esté completo.

  • No existe concurrencia competitiva ni baremación.
  • Se conceden hasta el agotamiento del presupuesto disponible.
  • En caso de requerimiento de subsanación, se tendrá en cuenta la fecha en la que el expediente quede completo.

👉 JUSTIFICACIÓN

  • Si en el momento de la solicitud se presenta factura y justificante de pago, no es necesario realizar ningún trámite posterior.
  • Si en la solicitud solo se presenta la factura, deberá aportarse el justificante de pago en un plazo máximo de 2 meses desde la notificación de la concesión.

⚠ La inversión debe estar realizada y facturada en el momento de presentar la solicitud.
⚠ Solo se admitirán las facturas incorporadas en la solicitud inicial; no podrán añadirse nuevas facturas posteriormente.

👉 COMPATIBILIDAD

Compatible con otras ayudas siempre que no exista sobrefinanciación de la misma actuación.

PARA MÁS INFORMACIÓN O PARA SOLICITAR LA AYUDA, PONTE EN CONTACTO CON NUESTRO PUNTO DE ASISTENCIA COMERCIAL LLAMANDO AL 945 02 66 09 O ESCRIBIENDO A INFO@ARABADENDAK.EUS

PRESENTACIÓN SOLICITUDES

  • Hasta el 15 de septiembre de 2026 o agotamiento de fondos.
    ⚠ Se recomienda presentar cuanto antes.
Información Arabadendak en Vitoria Gasteiz
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